Micelio
Auto5 de septiembre de 2018

A- de 2018

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Luis Alfredo Torres Salas·Demandado Enecon Sas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Civil Municipal de Armenia y el Juzgado Tercero Civil Municipal de Oralidad de Itagüí.

La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que del factor territorial hicieron los despachos judiciales involucrados.

Teniendo en cuenta que las dos autoridades tienen competencia para decidir la acción de tutela, la Corte decide respetar la elección que hizo el accionante y dispone que sea el Juzgado Tercero Civil Municipal de Armenia el que la tramite.

Se ordena remitir el expediente a dicho despacho para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 13 de junio de 2018 por el Juzgado
  2. Tercero. Civil Municipal de Armenia - Quindio, dentro de la accion de tutela formulada por el representante legal de la empresa ENECON S.A.S. contra Telefonica Movistar Colombia y el Consorcio Alianza YDN el EDEN
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC- 3420 al Juzgado
  4. Tercero. Civil Municipal de Armenia - Quindio, para que, de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  5. Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte demandante y al Juzgado
  6. Tercero. Civil Municipal de Oralidad de Itagui la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.